PORISRAEL.ORG
 

 

    AUTORES

  • Pilar Rahola
  • Gustavo Perednik
  • Martha Wolff
  • Jorge Dulitzky
  • Patricio Brodsky
  • Julian Schvindlerman
  • Andres Spokoiny
  • Mario Linovesky
  • Jaime Dromi
  • David Mandel
  • Jaime Manuschevich
  • León Trahtemberg
  • Eduard Yitzhak
  • Moshe Vainroj
  • Manuel Vider
  • Rafael T. Perez
  • Simon Efron
  • Israel Winicki
  • Dori Lustron

 

 

DISEÑO Y EDICION

DE PORISRAEL

ASGRAPHIC

ALEX SEGAL

MODIIN - ISRAEL

 

 

 

 

 

Edicto de expulsion de los judios de españa

Los Reyes Fernando e Isabel, por la gracia de Dios, Reyes de Castilla, Leon, Aragon y otros dominios de la corona- al principe Juan, los duques, marqueses, condes, ordenes religiosas y sus Maestres,... señores de los Castillos, caballeros y a todos los judios hombres y mujeres de cualquier edad y a quienquiera esta carta le concierna, salud y gracia para el.
Bien es sabido que en nuestros dominios, existen algunos malos cristianos que han judaizado y han cometido apostasia contra la santa fe Catolica, siendo causa la mayoria por las relaciones entre judios y cristianos. Por lo tanto, en el año de 1480, ordenamos que los judios fueran separados de las ciudades y provincias de nuestros dominios y que les fueran adjudicados sectores separados, esperando que con esta separacion la situacion existente seria remediada, y nosotros ordenamos que se estableciera la Inquisicion en estos dominios; y en el termino de 12 años ha funcionado y la Inquisicion ha encontrado muchas personas culpables ademas, estamos informados por la Inquisicion y otros el gran daño que persiste a los cristianos al relacionarse con los judios, y a su vez estos judios tratan de todas maneras a subvertir la Santa Fe Catolica y estan tratando de obstaculizar cristianos creyentes de acercarse a sus creencias.
Estos Judios han instruido a esos cristianos en las ceremonias y creencias de sus leyes, circuncidando a sus hijos y dandoles libros para sus rezos, y declarando a ellos los dias de ayuno, y reuniendoles para enseñarles las historias de sus leyes, informandoles cuando son las festividades de Pascua y como seguirla, dandoles el pan sin levadura y las carnes preparadas ceremonialmente, y dando instruccion de las cosas que deben abstenerse con relacion a alimentos y otras cosas requiriendo el seguimiento de las leyes de Moises, haciendoles saber a pleno conocimiento que no existe otra ley o verdad fuera de esta. Y asi lo hace claro basados en sus confesiones de estos judios lo mismo a los cuales han pervertido que ha sido resultado en un gran daño y detrimento a la santa fe Catolica, y como nosotros conociamos el verdadero remedio de estos daños y las dificultades yacian en el interferir de toda comunicacion entre los mencionados Judios y los Cristianos y enviandolos fuera de todos nuestros dominios, nosotros nos contentamos en ordenar si ya dichos Judios de todas las ciudades y villas y lugares de Andalucia donde aparentemente ellos habian efectuado el mayor daño, y creyendo que esto seria suficiente de modo que en esos y otras ciudades y villas y lugares en nuestros reinos y nuestras posesiones seria efectivo y cesarian a cometer lo mencionado. Y porque hemos sido informados que nada de esto, ni es el caso ni las justicias hechas para algunos de los mencionados judios encontrandolos muy culpables por lo por los susodichos crimenes y transgresiones contra la santa fe Catolica han sido un remedio completo obviar y corregir estos delitos y ofensas. Y a la fe Cristiana y religion cada dia parece que los Judios incrementan en continuar su maldad y daño objetivo a donde residan y conversen; y porque no existe lugar donde ofender de mas a nuestra santa creencia, como a los cuales Dios ha protegido hasta el dia de hoy y a aquellos que han sido influenciados, deber de la Santa Madre Iglesia reparar y reducir esta situacion al estado anterior, debido a lo fragil del ser humano, pudiese ocurrir que podemos sucumbir a la diabolica tentacion que continuamente combate contra nosotros, de modo que, si siendo la causa principal los llamados judios si no son convertidos deberan ser expulsados de el Reino.
Debido a que cuando un crimen detestable y poderoso es cometido por algunos miembros de algun grupo es razonable el grupo debe ser absuelto o aniquilado y los menores por los mayores seran castigados uno por el otro y aquellos que permiten a los buenos y honestos en las ciudades y en las villas y por su contacto puedan perjudicar a otros deberin ser expulsados del grupo de gentes y a pesar de menores razones serin perjudiciales a la Republica y los mas por la mayoria de sus crimenes seria peligroso y contagioso de modo que el Consejo de hombres eminentes y caballeros de nuestro reinado y de otras personas de conciencia y conocimiento de nuestro supremo concejo y despu?s de muchisima deliberacion se acordo en dictar que todos los Judios y Judias deben abandonar nuestros reinados y que no sea permitido nunca regresar.
Nosotros ordenamos adem?s en este edicto que los Judios y Judias cualquiera edad que residan en nuestros dominios o territorios que partan con sus hijos e hijas, sirvientes y familiares pequeños o grandes de todas las edades al fin de Julio de este año y que no se atrevan a regresar a nuestras tierras y que no tomen un paso adelante a traspasar de la manera que si algun Judio que no acepte este edicto si acaso es encontrado en estos dominios o regresa ser? culpado a muerte y confiscacion de sus bienes.
Y hemos ordenado que ninguna persona en nuestro reinado sin importar su estado social incluyendo nobles que escondan o guarden o defiendan a un Judio o Judia ya sea publicamente o secretamente desde fines de Julio y meses subsiguientes en sus hogares o en otro sitio en nuestra region con riesgos de perder como castigo todos sus feudos y fortificaciones, privilegios y bienes hereditarios.
Hagase que los Judios puedan deshacerse de sus hogares y todas sus pertenencias en el plazo estipulado por lo tanto nosotros proveemos nuestro compromiso de la proteccion y la seguridad de modo que al final del mes de Julio ellos puedan vender e intercambiar sus propiedades y muebles y cualquier otro articulo y disponer de ellos libremente a su criterio que durante este plazo nadie debe hacerles ningun daño, herirlos o injusticias a estas personas o a sus bienes lo cual seria injustificado y el que transgrediese esto incurrira en el castigo los que violen nuestra seguridad Real.
Damos y otorgamos permiso a los anteriormente referidos Judios y Judias a llevar consigo fuera de nuestras regiones sus bienes y pertenencias por mar o por tierra exceptuando oro y plata, o moneda acuñada u otro articulo prohibido por las leyes del reinado.
De modo que ordenamos a todos los concejales, magistrados, caballeros, guardias, oficiales, buenos hombres de la ciudad de Burgos y otras ciudades y villas de nuestro reino y dominios, y a todos nuestros vasallos y personas, que respeten y obedezcan con esta carta y con todo lo que contiene en ella, y que den la clase de asistencia y ayuda necesaria para su ejecucion, sujeta a castigo por nuestra gracia soberana y por la confiscacion de todos los bienes y propiedades para nuestra casa real y que esta sea notificada a todos y que ninguno pretenda ignorarla, ordenamos que este edicto sea proclamado en todas las plazas y los sitios de reunion de todas las ciudades y en las ciudades principales y villas de las diecesis, y sea hecho por el heraldo en presencia de el escribano publico, y que ninguno o nadie haga lo contrario de lo que ha sido definido, sujeto al castigo de nuestra gracia soberana y la anulacion de sus cargos y confiscaci?n de sus bienes al que haga lo contrario.
Y ordenamos que se evidencie y pruebe a la corte con un testimonio firmado especificando la manera en que el edicto fue llevado a cabo.
Dado en esta ciudad de Granada el Treinta y uno dia de marzo del año de nuestro se?or Jesucristo de 1492.
Firmado Yo, el Rey, Yo la Reina, y Juan de la Colonia secretario del Rey y la Reina quien lo ha escrito por orden de sus Majestades

 

 

 

PORISRAEL.ORG  y DORI LUSTRON

 no se hacen responsables por lo escrito en las notas, editoriales o respuestas publicadas sean estas de terceros (mencionando la fuente) o propias y firmadas por los autores. El hecho de publicarlos no indica que la administradora  este de acuerdo con los conceptos ni los temas

 

 

 

 

 

27 de enero de 1945. Las tropas soviéticas liberaban el campo de la muerte de Auschwitz. Tres millones de muertos y todos los círculos del infierno encierra el nombre de este lugar, tomado como simbolo de lo que fue el nazismo, y de lo que significa "intolerancia"

27 de enero de 2004, por decisión del gobierno de Israel este día es denominado como Día Mundial de Lucha Contra el Antisemitismo.Y aquí estamos nosotros, judíos por nacimiento, israelíes por elección, aportando nuestro grano de arena en la lucha contra el antisemitismo, disfrazado de antisionismo.

Sabemos que no estamos solos, son muchos los que piensan igual que nosotros, pero hasta ahora no se atrevían o no sabían como expresarse. A ellos los invitamos a colaborar con nuestra tarea, a apoyarnos. No somos miembros de ninguna organización gubernamental, no representamos a ningún partido o tendencia política. Simplemente queremos luchar con los medios a nuestro alcance por la verdad, la paz y la comprensión entre todos los seres humanos

 

Israel Winicki

 

PILAR RAHOLA

PREMIO MENORAH DE ORO EN CANNES

FELICITACIONES, PILAR !!! Este Premio es el reconocimiento del Pueblo Judio por tu lucha sin cuartel contra el fanatismo y la ignorancia, contra el terrorismo irracional y la muerte, contra el maltrato a la mujer y al niño, contra el miedo y la fuerza de la espada, traducida en algo muy peligroso: la demencia. Te has erigido en la Defensora de la Justicia combatiendo las lacras que acosan al mundo y estas triunfando.

GRACIAS EN NOMBRE DE TODOS ...ESTE PREMIO ES EN HONOR AL MERITO.... TU LUCHA ES NUESTRA LUCHA. KOL HAKAVOD!!!!!

 

Dori Lustron Porisrael.org