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| lunes diciembre 23, 2024

La adhesión de Palestina a la CPI no cambiará nada


Después del colapso de las últimas conversaciones de paz entre israelíes y palestinos, debido entre otras razones a la la lista de demandas de última hora que Mahmud Abás presentó como condición para la continuación de las negociaciones, el rais trató de obtener el reconocimiento de Palestina como Estado en el Consejo de Seguridad de la ONU. Tras el voto negativo, el embajador palestino en la ONU, Riyad Mansur, presentó el 2 de enero en la sede de la Corte Penal Internacional (CPI) en Nueva York la solicitud oficial de adhesión, en la que se incluía la firma del Estatuto de Roma y de otros 17 tratados internacionales. Ban Ki Moon anunció que Palestina, reconocida en la Asamblea General de la ONU como Estado observador no miembro, será elegible para adherirse al Estatuto de Roma, con lo que se convertiría en un miembro de pleno derecho a partir del 1 de abril.

Palestina se une a la CPI en aplicación del artículo 12.3 del Estatuto de Roma, que reza:

Si la aceptación de un Estado que no sea Parte en el presente Estatuto fuere necesaria de conformidad con el párrafo 2, dicho Estado podrá, mediante declaración depositada en poder del Secretario, consentir en que la Corte ejerza su competencia respecto del crimen de que se trate. El Estado aceptante cooperará con la Corte sin demora ni excepción de conformidad con la Parte IX.

Conviene atender también a lo que dice el artículo 11.2:

Si un Estado se hace Parte en el presente Estatuto después de su entrada en vigor, la Corte podrá ejercer su competencia únicamente con respecto a los crímenes cometidos después de la entrada en vigor del presente Estatuto respecto de ese Estado, a menos que éste haya hecho una declaración de conformidad con el párrafo 3 del artículo 12.

La ANP acepta así la jurisdicción de la CPI en Cisjordania, Jerusalén Este y Gaza (cuando ni siquiera la ANP tiene jurisdicción sobre la Franja, en poder de Hamás) desde el 13 de junio de 2014, según la petición firmada por Abás, y no desde el 1 de julio de 2002, cuando entró en vigor el Estatuto de Roma. La CPI sólo tendrá jurisdicción a partir de esa fecha, en clara intención por parte de Abás de que la Corte abra diligencias con respecto a los crímenes que se hayan podido cometer durante la operación Margen Protector.

El 16 de enero la fiscal de la CPI, Fatou Bensouda, inició una investigación preliminar sobre la situación en Palestina. Abás ya lo intentó el 22 de enero de 2009; sin embargo, la CPI se inhibió al considerar que Palestina entonces era sólo miembro observador de la Asamblea General de la ONU, y al no ser Estado reconocido no podía formar parte del Estatuto de Roma. Fue el 29 de noviembre de 2012 cuando Palestina fue reconocida como “Estado observador no miembro” por la Asamblea General de la ONU.

Al dar este paso, Mahmud Abás incumple dos compromisos específicos que los palestinos adquirieron en los Acuerdos de Oslo: no tratar de obtener un status final fuera de las negociaciones y dar competencia exclusiva a Israel sobre sus nacionales en los territorios palestinos hasta que se alcanzara un acuerdo de paz, según ha recordado el jurista Eugene Kontorovich. Sin embargo, esta medida, una más en la ofensiva política que el analista Aaron David Miller ha descrito como la Intifada Diplomática, no traerá ningún resultado positivo ni para los palestinos ni para proceso de paz.

Todo apunta a que la intervención de la CPI en el conflicto no aportará nada nuevo, al contrario, lo enrevesará aún más.

El alcance jurisdiccional de la CPI

En primer lugar, la CPI sólo puede juzgar a individuos, no a Estados. Los crímenes de su competencia son cuatro: crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad, genocidio y agresión (de conformidad con el artículo 5 de la Estatuto de Roma).

La CPI puede ejercer su competencia sobre los ciudadanos de un Estado Parte del Estatuto de Roma o las personas que hayan cometido los actos en un Estado Parte. El Estatuto abre una tercera posibilidad para un Estado no Parte a aceptar la jurisdicción de la CPI para un caso específico.

Además, el artículo 13.b plantea otra posibilidad: el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo VII de la Carta de la ONU, puede remitir al fiscal de la CPI una situación en la que indiciariamente se hayan cometido crímenes punibles y sobre la que la CPI no tenga jurisdicción.

En este sentido, los israelíes, al no haber ratificado su país el Estatuto de Roma (aunque sí lo haya firmado), no son perseguibles por la CPI, en principio. Pero si han cometido crímenes en territorio de un Estado Parte sí.

La CPI puede iniciar diligencias (que pueden conducir a una causa penal, imputación, orden de detención, ejecución de la misma y posterior juicio) mediante petición de Estado Parte, a iniciativa del fiscal de la Corte Penal Internacional, a petición de Estado no Parte según la excepción que permite que un Estado no Parte delegue para un caso concreto en la Corte Penal Internacional o a Iniciativa del Consejo de Seguridad de la ONU.

La CPI es complementaria. El artículo 17 del Estatuto de Roma es claro en este punto: actúa sólo si el Estado del presunto criminal no quiere o no puede juzgarlo. Israel ha hecho público que se están llevando a cabo investigaciones internas sobre incidentes específicos de sus Fuerzas Armadas durante Margen Protector. Si la CPI considera que estas actuaciones son independientes e imparciales, la CPI no intervendrá.

La intención de Abás es que la CPI emita órdenes de detención contra oficiales y políticos israelíes por presunta comisión de crímenes de guerra y de lesa humanidad, pero como avisa el profesor de la Universidad de Londres Kevin Jon Heller, la investigación de la CPI puede desembocar en la persecución de gente de Hamás por haber cometido dichos crímenes antes que contra israelíes.

La politización de la CPI

Aunque Alex Whiting, profesor de la Harvard Law School, apunta que la oficina del fiscal de la CPI será cautelosa y actuará pragmáticamente, es evidente que comenzar alguna causa, ya sea contra palestinos o contra israelíes, pondrá a la Corte en medio de un debate muy politizado, del cual saldrá bastante perjudicada. Además, como Miller señaló, está claro que la CPI considera que inmiscuirse en el conflicto entre israelíes y palestinos mejorará su credibilidad y reputación políticas, muy mermadas por el poco alcance que han tenido las causas que ha instruido.

De hecho, la CPI ya ha caído en la política cuando ha aceptado considerar a Palestina como Estado, cuando no cumple el Test de Montevideo para considerarse tal y fue la Asamblea General, un órgano político cuyas decisiones no son vinculantes, la que otorgó a Palestina el status de “Estado observador no miembro”, definición insuficiente para convertirse en un Estado. La Asamblea General, según la Carta de la ONU, no tiene potestad para crear o reconocer Estados.

La progresiva politización de la CPI lo único que logrará es dañar su prestigio como tribunal independiente, ya de por sí mermado.

Un camino a ninguna parte

Es más que evidente que es preferible una intifada diplomática que recurrir a la violencia. A Abás hay que concederle eso: traspasa la lucha a los pasillos. Sin embargo, sus iniciativas no están conduciendo a nada bueno. Así lo señala Denis Ross en el New York Timeseste nuevo envite de Abás no alterará la situación sobre el terreno, sino que alejará al Gobierno y la sociedad palestinos de las negociaciones y reforzará las posiciones israelíes más inmovilistas.

Si se abre un nuevo frente, esta vez jurídico y político, con una lluvia de acusaciones por ambas partes, no sólo se enfriarán aún más las relaciones entre las mismas, sino que se agudizará la politización de la CPI. Incluso el representante de la ANP en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, Ibrahim Kharaishi, ha sido crítico con la decisión de su Gobierno de adherirse al Estatuto de Roma para que la CPI investigue crímenes de guerra durante Margen Protector: “La gente debe saber más antes de hablar emocionalmente sobre cómo apelar a la Corte Penal Internacional”. Kharaishi fue el mismo que, durante el conflicto en Gaza del pasado verano, dijo que el lanzamiento de misiles de Hamás contra población civil israelí era un “crimen contra la Humanidad”.

Si Abás quiere un Estado palestino democrático y en paz junto a Israel, ya sabe lo que tiene que hacer: sentarse y negociar. De una vez por todas. La CPI sólo le traerá quebraderos de cabeza.

 
Comentarios

La ANP puede soñar, con que la CPI, la ONU, la U.E, y los propios EE UU despejen su hoja de ruta, de toda trába administrativa en su tránsito hacia la autoproclamacion de un «estado palestino»; pero aunque asi fuera, (lo cual está por ver) y todos esos factores confluyeran, no lograrian entre todos, dotar de legitimidad, viabilidad y reconociento real, a lo que no pasariá de ser un sucedaneo artificial, un «estado fictício» sin bases legales, atribuciones como tal, fronteras internacionalmente reconocidas y un largo ect de elementos requeribles para ser considerado como tal …
Pretender substituir una negociacion abierta con Israel, tendente a calibrar y substanciar los términos de una decision de este calibre, como consecuencia de unos acuerdos bilaterales, por una decision unilateral, amparada solo en parte, por organismos de dudosa legitimidad, conduce a la nada, a un impase que solo contribuirá a accentuar el problema en lugar de resolverlo, algo notório a ojos de quien asi quiera verlo, exepcion hecha claro está, de aquellos que pecan de ceguera congénita …

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