El 17 de enero de 2017 el Juzgado nº 4 de Madrid ha anulado el boicot a Israel aprobado por el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid. Esgrime el Tribunal que no sólo el Ayuntamiento carecía de facultades para aprobar una resolución que interfiriera con la política de asuntos exteriores del Estado, sino que también existen evidentes componentes discriminatorios en la moción.
Además, la decisión judicial incide poderosamente en la idea de que resoluciones del tipo emitidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas no proporcionan base legal alguna para boicotear a las instituciones, empresas u organizaciones israelíes.
A finales de mayo de 2016 el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid (80.483 habitantes), aprobó una moción de adhesión al boicot a Israel. Dicha propuesta de adhesión al movimiento BDS fue instigada desde las formaciones locales de Podemos e Izquierda Unida (“Rivas Puede y “Somos Rivas”), con el apoyo del PSOE y la oposición de PP y Ciudadanos. Dicho texto recogía el compromiso explícito “a no establecer convenio, contrato o acuerdo de tipo político, comercial, agrícola, educativo, cultural, deportivo o de seguridad con instituciones, empresas y organizaciones israelíes”.
El Ayuntamiento recibió el sello aprobado por el BDS que distinguía a la ciudad como “Espacio Libre de Apartheid Israelí”, bajo la condición de que fuera exhibido en el sitio web de la ciudad y en sus publicaciones y el compromiso de difundir la campaña de boicot entre la ciudadanía y negocios locales. El Ayuntamiento acordó comprometerse y promover la cooperación con el movimiento BDS para asegurar la correcta implementación de la decisión adoptada.
El Juzgado número 4 de Madrid emitió a finales de julio de 2016 un auto suspendiendo los acuerdos de boicot a Israel. El mandato judicial ordenaba al Ayuntamiento a no cumplir las disposiciones de boicot, ya que su aplicación determinaría un veto real a las organizaciones, empresas y organismos de un país determinado. Con la reciente sentencia se reafirma el carácter discriminatorio, sesgado y decididamente hostil contra Israel, sus naturales y todo aquel que simpatice con el país hebreo.
El ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid se adhirió a un movimiento discriminatorio, comprometiéndose a colaborar con quienes defienden, textualmente, que “es una obligación moral responder que el Estado de Israel no debe existir en sus términos actuales”, o “corresponde a la Población Palestina reconocer o no el derecho a la existencia de Israel”. Estas son las ideas y el carácter de los antisemitas que niegan el derecho a existir del único estado judío (y sólo de él).
ACOM – Acción y Comunicación sobre Oriente Medio
Pocos motivos nos ofrece de ordinario la justicia en este pais (España) para que nos sintamos satisfechos y debidamente representados con sus sentencias, como los que nos brinda ésta última, dictada por el juzgado 4º de Madrid, contra la resolucion adoptada por el ayuntamiento de Rivas, en apoyo al BDS y al boicot contra Israel que promueve este colectivo …
Si la libertad de expresion es un bien sagrado, amparado por la Constitucion que nos hemos dado, y el Estado de derecho consubstancial a toda democracia que se précie, núnca deberiá ésta servir de pretexto para poner en práctica actos contrarios al sentido comun y al respeto que todos nos debemos, que fomenten la estigmatizacion y el prejuicio, generen agravios por motivos de raza o de credo, y ofrezcan cobijo a conductas antisemitas y chanatijistas, con el agravante de entrometerse en asuntos que competen por exclusiva, la soberania de un pais, en lo que atañe a su politica y tomas de decision …
Asi pues, por inaceptables, y por exceder manifiestamente sus atribuciones, la sanccion impuesta al ayuntamiento de Rivas, y por extension al corro de «palmeros» que a el se unieron en tan desafortunada decision, es llamada a sentar jurisprudencia y servir de base referencial para todas aquellas que de ahora en adelante se puedan producir, con identicos motivos, por una elemental cuestion de justicia y de higiene democrática …