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| miércoles diciembre 25, 2024

¿Puede Jordania revocar su tratado de paz con Israel?

La aplicación de la ley israelí a partes de Judea y Samaria, incluso si Jordania no la favorece, no constituiría un acto de agresión contra Jordania y, por lo tanto, no sería motivo para revocar el tratado.


Tras las advertencias a Israel por parte del rey Abdullah de Jordania de un «conflicto masivo» si Israel continúa con los planes de aplicar la ley israelí a partes de Judea y Samaria, algunos comentaristas y fuentes políticas y de medios se refieren a una posibilidad  que Jordania revoque su tratado de paz con Israel.

  • Un tratado de paz, por su propia naturaleza, no está sujeto a ningún límite de tiempo específico y no se otorga a la cancelación o revocación, a menos que sea una declaración de guerra o un acto de agresión de una de las partes en el tratado, lo que constituye una revocación del base misma de la relación de paz, que incluye el reconocimiento mutuo de la soberanía, la integridad territorial y la independencia política de la otra parte (artículo 2).

 

Es muy poco probable que Jordania quiera dar ese paso, especialmente a la luz del hecho que un acto unilateral de Israel de aplicar la ley o la soberanía a partes de Judea y Samaria, incluso si Jordania no lo favoreciera, no constituiría un acto de agresión contra la soberanía o integridad territorial de Jordania y, como tal, no sería motivo para revocar el tratado

 

Dado que la cuestión del estatuto de Judea y Samaria está, en el artículo 3, específicamente excluida de las disposiciones de delimitación fronteriza de sus respectivos territorios, Jordania no puede afirmar que la aplicación unilateral de la ley o la soberanía por parte de Israel en dichos territorios constituye una violación del tratado de paz o motivos para su revocación.

 

Dado que el tratado de paz entre Israel y Jordania determina componentes bilaterales básicos de su relación, como la delimitación de la frontera internacional entre ellos (artículo 3), los acuerdos bilaterales de seguridad (artículo 4), las relaciones diplomáticas y consulares completas, así como las relaciones económicas y culturales normales (artículo 5), parecería ser prácticamente imposible retroceder de las relaciones pacíficas a las hostiles, a menos que un lado realice un acto de agresión contra el otro.

Algunos de los componentes centrales de la relación de paz representan intereses vitales para Jordania, como las asignaciones de agua (artículo 6), las relaciones económicas (artículo 7), el papel histórico especial de Jordania en los santuarios musulmanes en Jerusalén (artículo 9), la libertad de navegación y acceso a los puertos (artículo 14), y aviación civil y derechos de sobrevuelo, incluido el sobrevuelo jordano del territorio israelí para llegar a puntos en Europa (artículo 15). Cancelar o revocar tales componentes vitales no serviría a los intereses de Jordania y socavaría su propia estabilidad.

 

Las partes acordaron, en el artículo 25, cumplir de buena fe sus obligaciones sin tener en cuenta la acción o inacción de cualquier otra parte e independientemente de cualquier otro instrumento incompatible con el tratado de paz.

Si Jordania desea resolver una disputa con Israel con respecto a la aplicación o interpretación del tratado de paz, el artículo 29 establece un mecanismo de negociación, conciliación o arbitraje para la solución de disputas.

 

***Alan Baker es director del Instituto de Asuntos Contemporáneos del Centro de Jerusalén y director del Foro de Derecho Global. Participó en la negociación y redacción de los Acuerdos de Oslo con los palestinos, así como en acuerdos y tratados de paz con Egipto, Jordania y Líbano. Se desempeñó como asesor legal y subdirector general del Ministerio de Relaciones Exteriores de Israel y como embajador de Israel en Canadá

 

Traducido para Porisrael.org por Dori Lustron

 
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