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| domingo noviembre 24, 2024

No todos los que huyen del peligro son refugiados


Traducido para Porisrael.org por Dori Lustron

Me he estado preguntando recientemente si soy simplemente una hipócrita. Después de todo, creo que el mundo se equivocó al cerrar sus puertas a los refugiados judíos durante la era Nazi, sin embargo, simpatizo con la falta de voluntad de Occidente para dar la bienvenida al flujo aparentemente interminable de gente desesperada que golpea en sus puertas hoy. Entonces, en un esfuerzo por determinar si mi posición tiene alguna justificación concebible, finalmente leí la Convención de Refugiados de la ONU de 1951, el documento fundacional que codifica la obligación internacional de ayudar a los refugiados.

La visión popular de esta convención es que protege a cualquiera que huye del peligro genuino. Además, así es como muchos países parecen haberlo interpretado en la práctica. Sin embargo, su lenguaje sencillo es mucho más restrictivo que eso, tanto que podría excluir a la mayoría de los inmigrantes de hoy en día. Y hay una muy buena razón para esto. Pero antes de considerar la razón, consideremos qué dice y qué no dice la convención.

Su definición de refugiado tiene dos cláusulas. El primero abarca grupos específicos definidos como refugiados en convenciones anteriores: víctimas de los nazis, víctimas armenias del genocidio de Turquía, víctimas rusas del régimen comunista. El segundo abarca a todo aquel que tenga «un temor fundado de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social u opinión política en particular, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, debido a ese temor , no está dispuesto a valerse de la protección de ese país; o que, al no tener una nacionalidad y estar fuera del país de su anterior residencia habitual como resultado de tales eventos, no puede o, debido a ese temor, no está dispuesto a regresar a él «.

Esa definición tiene varias omisiones sorprendentes. Lo más notable es que nunca menciona la guerra, aunque cualquier persona en una zona de guerra se enfrenta obviamente a un peligro real y potencialmente mortal. Este peligro, sin embargo, no suele provenir de la persecución basada en la raza, la religión, etc ., más bien, es inherente a la naturaleza de la guerra, afectando a todos en el área donde están volando las bombas y las balas. Por lo tanto, las personas que huyen de las zonas de guerra aparentemente no estarían cubiertas por el texto simple de la convención, a menos que también hayan sido específicamente atacadas debido a su raza, religión, etc.

Otra omisión evidente es la dictadura. Aunque las dictaduras oprimen a las personas sobre la base de la raza, la religión, etc., muchas también practican formas de represión que afectan a todos sus ciudadanos, en lugar de dirigirse a grupos o individuos específicos; pensar en Corea del Norte o Eritrea. Sin embargo, de acuerdo con el texto plano de la convención, simplemente vivir en una dictadura opresiva no le daría derecho a alguien a la condición de refugiado, a menos que también fuera específicamente blanco debido a su raza, religión, etc.

La tercera omisión digna de atención son los gobiernos disfuncionales, que son incapaces de proteger a sus ciudadanos. Ese es el problema para muchos de los emigrantes latinoamericanos de hoy , que huyen de la horrible violencia de pandillas que sus gobiernos parecen no poder detener. Una vez más, el peligro que huyan es real y pone en peligro la vida. Pero las pandillas generalmente no se dirigen a las personas debido a su raza, religión, etc. tiranizan indiscriminadamente. Por lo tanto, de acuerdo con el texto plano de la convención, la mayoría de sus víctimas tampoco tendrían derecho a la condición de refugiado.

Si la visión popular de la convención fuera precisa, entonces se aplicaría a cualquier persona que huye de la guerra, la dictadura o el gobierno disfuncional ya que todas esas personas están realmente en peligro. Pero no es un descuido que la convención no cubra ninguno de estos casos; de hecho, fue elaborado tan estrechamente por una muy buena razón.

La razón es que el derecho internacional no es un pacto suicida. De hecho, no puede ser, porque ningún país firmaría una convención internacional cuyos términos, de ser honrados, socavarían el bienestar del país. En este caso, ningún país habría firmado una convención que le exigiera abrir sus puertas a un número virtualmente ilimitado de migrantes porque existen límites a la cantidad de personas que cualquier país puede absorber sin causar trastornos sociales.

La definición expansiva de «cualquier persona que huye del peligro real» comprendería cientos de millones o incluso miles de millones de personas. Si alguien que huye de la guerra fuera un refugiado, por ejemplo, solo en los últimos años, todas las poblaciones de Siria, Afganistán, Sudán del Sur, Somalia, la República Centroafricana e Iraq tendrían derecho al estatuto de refugiado, y eso ni siquiera es un lista exhaustiva. Si alguien que huye de una dictadura o un gobierno disfuncional fuera un refugiado, el mundo tendría que abrir sus puertas a las poblaciones de gran parte de África, Asia central y América Central. Y como muestra la actual reacción violenta contra la inmigración tanto en Estados Unidos como en Europa, esto es simplemente más de lo que la mayoría de los países estarán dispuestos a hacer.

Por lo tanto, los redactores de la convención fueron cuidadosos al elegir una definición intrínsecamente limitada. Los grupos que son perseguidos por su raza, religión, etc. casi siempre son minorías comparativamente pequeñas que el mundo podría absorber: judíos bajo los nazis, yazidis bajo el estado islámico, rohingya en Myanmar, y así sucesivamente.

Además, las personas que son atacadas por motivos de raza, religión, etc., son a menudo las mismas personas que más necesitan refugio. Y si el mundo solo puede absorber un número limitado de refugiados, tiene sentido dar prioridad a los más necesitados.

El problema de ampliar la definición de refugiados más allá de los límites estrechos de la convención no es solo que viola el texto simple de la convención, aunque eso es un peligro en sí mismo: si las convenciones terminan implicando obligaciones mucho más allá de aquellas a las que los signatarios consintieron originalmente, entonces los países eventualmente se rehusará a firmar cualquier convención.

El otro peligro, sin embargo, es que si todos son considerados refugiados, al final, nadie lo será. Si los refugiados son una clase limitada de personas, hay alguna esperanza que otros países puedan ser persuadidos para que los acepten. Si son una clase infinita de personas, entonces, en última instancia, el mundo les cerrará las puertas a todos. De hecho, algunos países ya están haciendo justamente eso.

El deseo de ampliar la definición de refugiado está motivado por una preocupación real por las personas en peligro real. Pero este es un caso clásico en el que, como dijo Voltaire, famoso: «Perfecto es enemigo del bien». En el mundo real, solo conservando una definición restringida de refugiados seremos capaces de preservar cualquier protección, incluso para aquellos quien más los necesita

Este artículo fue originalmente distribuido por JNS.org ( www.jns.org ) el 18 de julio de 2018 © 2018 JNS.org

 

http://evelyncgordon.com/not-everyone-fleeing-danger-is-a-refugee/

 
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