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| jueves noviembre 21, 2024

Eugenio Kontorovich. «Los asentamientos israelíes en Cisjordania no violan el derecho internacional”,


Profesor Evgeny Kontorovich

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Durante décadas, los detractores de Israel han apelado al consenso, afirmando que los asentamientos son ilegales porque toda la comunidad internacional está de acuerdo en que lo son. Al igual que en Jerusalén y los Altos del Golán, la administración Trump se ha negado a dejarse intimidar por un consenso vacío. Al disentir, Estados Unidos ha destruido tanto el consenso como los frágiles argumentos que se basaban en él.

El memorando de cuatro páginas de 1978, escrito por el asesor jurídico Herbert Hansell, no fue un estudio exhaustivo. Se refirió a grandes rasgos a varios temas y no citó precedentes para sus conclusiones clave. Lo más importante es que su análisis jurídico de la ocupación y los asentamientos nunca ha sido aplicado, ni por Estados Unidos ni por nadie, a ninguna otra situación comparable.

El memorando de Hansell siguió dos pasos analíticos. En primer lugar, concluyó que Israel era una “potencia ocupante” en Cisjordania. A continuación, invocó una oscura disposición de la Cuarta Convención de Ginebra, que dice que “la Potencia ocupante no deportará ni transferirá partes de su población civil al territorio que ocupa”. Hansell concluyó que los judíos que han cruzado la Línea Verde hacia territorio en disputa han sido de alguna manera “deportados o transferidos” allí por el Estado de Israel.

Según el derecho internacional, la ocupación ocurre cuando un país se apodera del territorio soberano de otro país. Pero Cisjordania nunca fue parte de Jordania, que se apoderó de ella en 1949 y limpió étnicamente a toda su población judía. Tampoco fue nunca el sitio de un Estado árabe palestino.

Además, un país no puede ocupar territorio sobre el que tiene título soberano, e Israel tiene el derecho más fuerte sobre esa tierra. El derecho internacional sostiene que un nuevo país hereda las fronteras de la unidad geopolítica anterior en ese territorio. Israel fue precedido por el Mandato de la Sociedad de Naciones para Palestina, cuyas fronteras incluían Cisjordania. El memorando de Hansell no menciona este principio para determinar las fronteras, que se ha aplicado en todas partes, desde Siria y Líbano hasta la Rusia postsoviética y Ucrania.

Incluso en sus propios términos, las conclusiones del memorándum ya no son aplicables. Como la ocupación es parte de la ley de la guerra, escribió Hansell, el estado de ocupación terminaría si Israel firmara un tratado de paz con Jordania. En 1994, Jerusalén y Ammán firmaron un tratado de paz total e incondicional, pero el Departamento de Estado no actualizó el memorando.

Incluso si hubiera una ocupación, la noción de que crea una burbuja demográfica impermeable alrededor del territorio (ningún judío puede entrar) no tiene base en la historia ni en la aplicación del Cuarto Convenio de Ginebra. Casi todas las ocupaciones prolongadas desde 1949, desde la administración de 40 años de Berlín Occidental por parte de los Aliados hasta la ocupación turca del norte de Siria en 2016, han visto movimientos de población hacia el territorio ocupado. En ninguno de estos casos, Estados Unidos o las Naciones Unidas han alegado jamás una violación de esta disposición de la Convención de Ginebra.

La acción del señor Pompeo demuestra que Estados Unidos entiende que no podemos tener una ley internacional para un país y otra para el resto del mundo.

El Sr. Kontorovich es profesor en la Facultad de Derecho Scalia de la Universidad George Mason.

Fuente:  Wall StreetJournal 

 
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