De acuerdo las normas del Derecho internacional sobre conflictos navales, un Estado en situación de beligerancia puede imponer un bloqueo naval y crear una zona de exclusión marítima sobre las costas hostiles con motivos de seguridad y para impedir el contrabando de armamento a la zona de conflicto, incluyendo el derecho a impedir cualquier salida y acceso de navíos a sus puertos, indistintamente del tipo de carga que portasen las embarcaciones en cuestión. El bloqueo naval es reconocido por el Derecho marítimo consuetudinario (o sea, que rige por el uso y la costumbre) desde tiempos inmemoriales, y es recogido como método válido por el artículo 42 de la Carta de las Naciones Unidas.
No sería ocioso agregar, que Israel se encuentra en estado de beligerancia en sus fronteras con la Franja de Gaza desde que el movimiento fundamentalista Hamas expulsara por la fuerza a la Autoridad Nacional Palestina y se adueñara cruentamente del poder en junio de 2007. Desde ese entonces, Hamas se abocó a armarse y a atacar a la retaguardia civil israelí, atrincherándose en su rechazo recalcitrante a las exigencias del Cuarteto (EEUU, Rusia, la Unión Europea y las Naciones Unidas) de que reconozca el derecho de existencia del Estado de Israel, deponga la lucha armada y se comprometa respetar los acuerdos preexistentes firmados por la Autoridad Nacional Palestina.
El Manual de San Remo de Derecho Internacional aplicable a Conflictos Navales (1994), recopila las condiciones necesarias para la legalidad de un bloqueo en dichas circunstancias:
1. Publicidad. El Estado bloqueante debe avisar con antelación a todo otro Estado que pueda verse involucrado en la implementación del bloqueo. El Estado de Israel anunció públicamente la instalación de un bloqueo marítimo a 20 millas de la costa de la Franja de Gaza el día 3 de enero de 2009, incluyendo sus coordenadas exactas y sus límites geográficos, y transmitió dicho anuncio por todos los canales de rigor, incluyendo por vía diplomática. Es un hecho comprobado que la existencia del bloqueo era conocida de antemano por quienes pretendían violarlo, como se desprende del mero acto de provocación.
2. Efectividad. El bloqueo debe ser implementado con efectividad como condición de su reconocimiento a lo largo del tiempo, y llega a su fin en el momento en que se convierte en letra muerta. El Estado de Israel ha hecho cumplir el bloqueo de forma efectiva desde su instalación hasta la actualidad, y el acto de provocación pretendía precisamente socavar su efectividad para minar su legalidad.
3. Imparcialidad. El bloqueo debe hacerse cumplir contra navíos de todas las banderas sin distinción. Tal es el caso del bloqueo a Gaza, que impide el atraque de barcos de cualquier país, así sea este amistoso a Israel u opere bajo bandera hostil.
4. Acceso a países neutrales. El bloqueo debe ceñirse sólo sobre puertos hostiles, y no deberá impedir el libre acceso a puertos y costas de Estados neutrales. El bloqueo naval a Gaza no impide la libre navegación y acceso a los puertos egipcios cercanos, ni a los de ningún otro país vecino no involucrado.
5. Permeable a la ayuda humanitaria. El Estado que declaró el bloqueo deberá permitir el paso de ayuda humanitaria a la zona bloqueada, estipulando a su criterio procedimientos adecuados a tal efecto.
Esta seudo flotilla “Sumud” ha sido una farsa comprobada. Financiada por Hamas a través de uno de sus cómplices que le envían dinero desde Europa, juntó medio millar de mercenarios que estuvieron un mes en el mar Mediterráneo, ¿haciendo qué? Juntando ayuda para Gaza no, porque ninguno de los 40 barcos tenía absolutamente nada para entregar, salvo sacarse videos y gritar consignas. Una vez detenidos en aguas no internacionales que pretendieron invadir, han sido detenidos, algunos ya han sido deportados y lo serán todos muy pronto, a pesar de que son 500 personas que cometieron varios delitos graves.
La Cancillería de Uruguay se preocupó del tema el Día del Perdón, el día más sagrado del calendario de todo el pueblo judío en toda su historia milenaria. Se preocupó de que a tres uruguayos que estaban cometiendo delitos “no les pasara nada”. ¿Pretendían que les iba a suceder algo? ¿Uruguay permite que sus aguas territoriales sean invadidas, y cuando lo son, el gobierno de los pescadores que las violan le falta el respeto a Uruguay y lo tratan como culpable cuando en realidad es la víctima?
Ese mismo Día del Perdón, cuando Israel tuvo que hacer respetar su derecho a cuidar sus límites oceánicos, hubo un brutal ataque terrorista de un inglés de religión musulmana asesinando judíos en Manchester cuando entraban a una sinagoga. En Uruguay, la Cancillería estaba preocupada por el delito de una flotilla que violó el Derecho Marítimo; los Senadores del Frente Amplio pusieron barquitos de papel en sus bancas para apoyar a los delincuentes; el Secretariado Ejecutivo del Frente Amplio se tomó su tiempo para escribir un larguísimo comunicado solidarizándose con quienes no sólo cometían delitos sino que además como mentirosos contumaces no llevaban ninguna ayuda a nadie sino que pasearon un mes por el Mediterráneo pagos por Hamas. Y por supuesto, el PIT CNT, llamó a una marcha. ¿Quizás para aumentar la tasa de incitación de judeofobia que hoy hace que Uruguay sea noticia internacional por su antisemitismo?
El lunes 30 de setiembre, se presentó un plan de alto el fuego en Gaza que hasta hoy ha sido aceptado por todos los países árabes, Europa, Israel, el proponente, Estados Unidos, y hasta la Autoridad Palestina. Que Hamas no conteste por ahora es natural. Es un grupo terrorista. La paz no es un tema que les concierne.
En América Latina hubo hasta ahora silencios previsibles sobre este plan: Brasil, Venezuela, Cuba, Colombia, Nicaragua. Y la Cancillería de Uruguay.




















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