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| miércoles diciembre 25, 2024

Israel no tiene la obligación de dar vacunas a los palestinos


Como era de esperar, y como con cualquier logro israelí positivo, la atención internacional favorable que se dedica a los éxitos de Israel en la adquisición de vacunas y en la vacunación de su población contra el COVID-19 está siendo compensada por una ola paralela y concertada de críticas internacionales y hostilidad contra Israel entre estados, organizaciones y medios internacionales.

Esta crítica emana de una serie de suposiciones erróneas y fuera de lugar, o afirmaciones deliberadamente engañosas, de que Israel es una potencia ocupante, en plena ocupación de las áreas de Judea y Samaria en Cisjordania y la Franja de Gaza.

 

De ahí se deriva la suposición errónea y falsa  que el derecho internacional humanitario exige que Israel, como potencia ocupante, proporcione apoyo médico y distribuya vacunas a la población palestina ocupada, proporcione los fondos necesarios para permitir la distribución de vacunas, así como para garantizar y mantener establecimientos y servicios médicos y hospitalarios.

Otra reclamación se refiere a la Franja de Gaza, gobernada por la organización terrorista Hamas, que atribuye a Israel la plena responsabilidad por la salud de la población de Gaza a la luz del bloqueo marítimo por el cual, según los mismos críticos, Israel deliberadamente impide el traslado de personal humanitario y suministros de salud.

Estas suposiciones, afirmaciones, acusaciones y acusaciones están fuera de lugar, están equivocadas y, en muchos aspectos, emanan de una mezcla de mala voluntad, envidia y, sobre todo, una profunda hostilidad hacia Israel y todo lo que logra.

Israel no tiene la obligación de proporcionar vacunas a la población de los territorios.

El estatus de Israel no es el de una potencia ocupante y el Cuarto Convenio de Ginebra no es aplicable a los territorios.
Desde que Israel y la OLP firmaron el todavía válido Acuerdo de Oslo II en 1995, se estableció un régimen legal independiente por el cual la Autoridad Palestina tiene la plena responsabilidad de gobernar aquellas partes de los territorios que están bajo su control, incluida la plena responsabilidad civil en materia de salud y hacer frente a epidemias  para importar vacunas y otros equipos médicos.

 

El tercer anexo (civil) del acuerdo requiere que la Autoridad Palestina e Israel cooperen e intercambien información entre ellos para combatir las epidemias. Nada más y nada menos.

El bloqueo marítimo de Israel de la Franja de Gaza sirve para evitar la introducción por Hamas, que gobierna la Franja de Gaza, de elementos estratégicos que pueden servir para mejorar las industrias de construcción de cohetes y túneles de Hamas.

Israel no impide la entrada de equipo médico y humanitario, o alimentos y otros artículos necesarios para la vida civil diaria. Miles de camiones entregan mercancías diariamente a la Franja de Gaza a través de los puntos de paso.

El bloqueo marítimo de Israel fue sancionado por las Naciones Unidas como un medio legítimo para prevenir la importación de equipo militar ofensivo.

Claramente, a la luz de la proximidad geográfica entre Israel y Cisjordania, las áreas de Judea y Samaria y la Franja de Gaza, las consideraciones epidemiológicas y morales requieren que tanto Israel como la Autoridad Palestina, así como Hamas, actúen con miras a reducir el riesgo. de propagar COVID-19.

Con este fin, Israel y los palestinos están cooperando e intercambiando información de conformidad con sus respectivas obligaciones en virtud de los Acuerdos de Oslo.

El escritor es un abogado embajador jubilado y actual director del Instituto de Asuntos Contemporáneos y director del programa de derecho internacional del Centro de Asuntos Públicos de Jerusalén. Es miembro de Mivtahi Israel – Forum for a Safe Israel (FFSI).

 

Traducido para Porisrael.org por Dori Lustron

Jerusalem Post

 
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