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| martes diciembre 3, 2024

NAZISMO. Juicio A Los Jueces Nazis.


Al finalizar la Segunda Guerra Mundial en la cual fue derrotada Alemania en el año 1945, el Tribunal Militar Internacional constituido por los países aliados vencedores sentenció que “… los crímenes de guerra, la guerra de agresión y los crímenes contra la humanidad se consideraban delitos…”. Como consecuencia de esas consideraciones se procedieron a realizar lo que se conoce como los Juicios Posteriores de Nüremberg (Nürnberger Prozesse), una zaga de 12 Juicios que pretendieron también determinar responsabilidades de nazis “de segundo grado” acusados de dichos crímenes.

Estos fueron:  Caso 1º: A los médicos; caso 2º: Milch; Juicio 3º: a los jueces; Juicio 4º: El caso Pohl; Juicio 5º: El caso Flick; Juicio; 6º: El caso de la I.G. Farben; Juicio 7º: El caso de los rehenes; Juicio 8º: El caso RuSHA; Juicio 9º: caso Einsatzgruppen; Juicio 10º: El caso Krupp; Juicio 11º: de los ministerios; Juicio 12º: al Alto Mando Militar alemán.

En este artículo trataremos el caso nº 3 conocido como el caso de los jueces. En este juicio se juzgaron a dieciséis jueces y juristas nazis que le dieron sustentabilidad a todo el sistema jurídico nazi en dicha época. Es fundamental dejar establecido que muy anteriormente al nazismo de Alemania que entroniza al asesino Hitler al poder el 30/1/1933, existía en éste país una fascinación por conceptos como la pureza racial, el perfeccionamiento de las características de la raza aria lo que llevó a trágicos conceptos como la “eugenesia” (buen origen) y la eutanasia (buena muerte). El importante psiquiatra alemán Alfred Erich Hoche (1/8/1865-16/5/1943) y el jurista Karl Ludwig Lorenz Binding (4/6/1841-7/4/1920) incluso escriben un libro titulado “Permitir la destrucción de una vida indigna de ser vivida” (Die Freigabe der Vermichtung lebensunwerten Lebens). Este libro fue escrito en el año 1920 y utilizado posteriormente por los nazis para justificar programas de eutanasia como el Aktion T 4, desarrollado en el artículo: El otro horror del nazismo: el asesinato de bebés, enfermos y discapacitados.

Es importante señalar que las Leyes de Nüremberg (Nürnberger Gesetze) que prohibían a los judíos desempeñar cargos públicos entre tantas otras restricciones, fueron aprobadas unánimemente el 15/9/1935 en el Séptimo Congreso Anual del NSDAP (PARTIDO NAZI) y no fueron objetadas por los juristas de Alemania. El horror del régimen nazi necesitó el involucramiento activo de jueces y magistrados para ser llevado a cabo los que con su accionar y aplicando las leyes inhumanas de ese régimen, se convirtieron en VERDUGOS VOLUNTARIOS DEL NAZISMO.

Fue así que en noviembre de 1936, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia , Erwin Bumke,  sostuvo en una reunión de funcionarios de la justicia, convocada para discutir las leyes raciales de Nüremberg, que el tribunal puede aceptar la interpretación más amplia de esas leyes extendidas por el Ministerio de Justicia a través del Secretario de Estado, Doctor Roland Freisler, quien expuso: «La ley, es una regulación que establece la base misma de las personas que son Germanas, que nosotros no tratamos de reducir, sino ampliar la protección de nuestra raza.»

Ante esta notoria complicidad del poder judicial, entre 1937 y 1938, los nazis intensificaron la persecución legislativa en perjuicio de los judíos alemanes. En agosto del último año referido, se implementó un decreto estigmatizante que imponía a partir del 1º/01/1939, a los hombres y las mujeres judías a añadir a sus nombres de pila de origen «no judío» los de «Israel» y «Sara», respectivamente. Luego fueron obligados a llevar documentos que indicaban su identidad judía, y, en el otoño de 1938, los pasaportes judíos fueron marcados con la letra “J”.

Un claro y emblemático ejemplo de la forma en que se realizaban los pseudos procesos de un tribunal nazi fue en perjuicio de Lehmann Leo “Israel” Katzenberger de 76 años, un comerciante judío en la ciudad de Nüremberg cuya vivienda y negocio en la calle Spittlertorgraben 19 fueron arianizados, le alquiló una habitación a Irene Seiler de 30 años, hija de un amigo no judío. En 1941 fueron detenidos bajo el cargo de corrupción racial (Rassenschande), y fueron acusados de haber mantenido una relación sexual. Este “acto sexual” consistió en una caricia paternal como de un padre ayudaría a una hija, y que no revestían carácter erótico, por lo cual ambos negaban los cargos.

En marzo de 1942 el Tribunal Especial (“Sondergericht”) de Nüremberg bajo la presidencia del fanático juez nazi Oswald Rothaug, quien llamó en público a los acusados como “judío sifilítico” y “mujerzuela judía”, dijo que el «mestizaje», es peor que el asesinato, porque envenenaban por siglos sangre alemana». Días después por esas caricias consideradas analógicamente como acto sexual de contaminación racial, Leo fue condenado a muerte y ejecutado por decapitación.

Este caso nazi, paradójicamente fue prueba para el caso 3 a los magistrados. La acusación del fiscal Telford Taylor – 4/01/1947, imputó a los acusados por los cargos de «asesinato judicial” que cometieron mediante la destrucción de la ley y la justicia en Alemania, utilizando las formas vacías de los procesos legales para la persecución, esclavitud y exterminio a gran escala». En la descripción de los crímenes cometidos por el sistema judicial nazi, el fiscal Taylor sostuvo en su alegato: «El puñal del asesino se ocultó bajo el manto del jurista”.

El ex juez Oswald Rothaug, fue condenado a cadena perpetua, luego reducida a 20 años. En diciembre de 1956 fue liberado. Murió en 1967. Del total de los acusados, fueron condenados la mayoría a penas temporarias, hubo 4 absoluciones y un suicidio.

El ex Ministro de Justicia nazi, Franz Schlegelberger, la mayor figura política en este proceso, instrumento la persecución de judíos y polacos por los tribunales nazis, y mediante un decreto por él firmado 7 de febrero de 1942, puso en marcha la maquinaria del Ministerio de Justicia para quitar la independencia al Poder Judicial y que los tribunales especiales asuman la responsabilidad de la persecución, juicio y puesta a disposición de las víctimas de la operación Noche y Niebla, tristemente conocida como el “Plan N.N.”. Por estos crímenes fue condenado a cadena perpetua; pero fue indultado en enero de 1951 por incapacidad. La rareza de su estado de salud, fue que recibió una pensión por su cargo que superaba por cinco veces la media. Esto fue hasta su muerte en su casa de Flensburg en 1970. La maquinaria de impunidad quedo en evidencia.

Las mayorías de las condenas temporales fueron posteriormente conmutadas, y mucho tuvo que ver con todo el andamiaje de impunidad pos juicios de Nüremberg, con el trabajo realizado por un abogado alemán llamado Eduard Dreher (29/4/1907 – 13/9/1996), que fue uno de los abogados penalistas más importantes e influyentes en la década de 1960 y famoso por sus comentarios sobre el Código Penal Alemán. Este abogado se incorporó al partido nazi alemán el 1/5/1937. Fue fiscal en el Tribunal Regional de Leipzig, luego en el Tribunal Regional de Dresde para en 1943 a ser Primer Fiscal del Tribunal Especial de Innsbruck donde “eliminaba legalmente a los opositores políticos” que eran quienes estaban en contra del régimen nazi en cualquiera de sus aspectos.

En el año 1968 se sanciona la Ley de Introducción a la Ley de Delitos Administrativos (EGOWIG) que, si bien no se aplicaba a la plana mayor del Tercer Reich Alemán, posibilitó que a la mayoría de los perpetradores involucrados en asesinatos durante el régimen nazi, se les aplicara el beneficio de la prescripción. Ello fue posible gracias al trabajo de Dreher durante su tarea en el Ministerio de Justicia de Alemania. En consecuencia, jueces y fiscales nazis que sobrevivieron al nazismo y comulgaban con sus teorías, se protegían a sí mismos y a sus secuaces por el ejercicio de sus funciones judiciales en el Ministerio de Justicia. Para estos perpetradores (fueron miles), a partir de la sanción de esa ley DREHER, se les aplicaba el beneficio de la prescripción y no pudieron ser llevados a la justicia.

Lamentablemente la finalización de la Segunda Guerra Mundial no terminó con el nazismo en dicha sociedad y muchos jerarcas y magistrados siguieron desempeñando funciones judiciales en Alemania posteriormente.

Para concluir, es dable destacar algunas frases del Fiscal estadounidense Taylor cuya síntesis dice: Oswald Rothaug representó en Alemania la personificación de la intriga secreta nazi y la crueldad. Él era y es un hombre sádico y malvado. Bajo cualquier sistema judicial civilizado podría haber sido sometido a juicio político y destituido de su cargo o condenado por prevaricato en el desempeño de su cargo a causa de la maldad con que administró la injusticia.

Hubo demasiados jueces, fiscales y abogados que actuaron como «instrumentos dispuestos» a sostener y plasmar el programa nazi. Ellos en nombre de una falsa Justicia, asesinaron a personas inocentes por su sola razón de pertenencia a un grupo o contrarios a la ideología criminal nazi. La inserción en el ámbito laboral sin ser sometidos a proceso luego de finalizada la guerra, fue posible por la impunidad que los cobijó.

Alberto Ruskolekier, periodista escritor                                   

Franco Fiumara, Profesor.

8 de septiembre de 2022

 
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