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| jueves diciembre 19, 2024

Parashá Mishpatim-Shekalim


Luego de la revelación en el Monte Sinaí, Di-s dicta una serie de leyes al Pueblo de Israel. Estas incluyen las leyes de sirvientes; las penas por asesinato, secuestro, asalto y robo; penas civiles por daños, las leyes sobre prestamos, las responsabilidades de los «Cuatro guardianes»; y las reglas que gobiernan la conducta de la justicia en las cortes.

También son dadas leyes advirtiendo contra el maltrato a extranjeros; la observancia de las festividades en las diferentes estaciones y las leyes de las ofrendas de la agricultura que debían ser llevadas al Templo en Jerusalén; la prohibición de cocinar carne con leche; el precepto de rezar. En total, la sección Mishpatím contiene 53 preceptos – 23 positivos (que implican hacer algo) y 30 negativos (que implican prohibiciones).

Di-s promete traer al Pueblo de Israel a la Tierra Santa y les advierte que no tomen los caminos paganos de los habitantes de la misma.

El Pueblo Judío proclama: «Haremos y escucharemos» todo lo que Di-s nos manda. Dejando a Aarón y Jur a cargo del campamento Israelita, Moshe asciende al Monte Sinaí y permanece allí por cuarenta días y cuarenta noches para recibir la Torá de Di-s.

PARASHA SHEKALIM

Cuando el Santo Templo estaba en Jerusalén, cada judío contribuía con medio shekel anual para el Templo. Los fondos recaudados eran usados en un principio para adquirir ganado para los sacrificios comunales. El dinero sobrante era usado para varios propósitos comunales, incluyendo proveer los salarios de los jueces y el mantenimiento del Templo, sus utensilios y las murallas de la ciudad.

Este impuesto anual, conocido como el Majatzit Hashekel debía entregarse el 1 de Nisan. Un mes antes, el 1 de Adar, los tribunales comenzaban a enviar recordatorios sobre esta obligación bíblica. En conmemoración, la lectura de la Torá del Shabat que cae en o antes de Adar es complementada con los versículos (Éxodo 30:11-16) que relatan el mandamiento de Di-s a Moisés con respecto a la primera entrega del medio shekel. La haftará de Shekalim (II Reyes 11:17-12:17) continúa con el mismo tema, discutiendo los esfuerzos del Rey Jehoash (siglo 9 AEC) para destinar fondos para el mantenimiento del primer Templo Santo. «Parashat Shekalim» es la primera de las cuatro lecturas especiales agregadas durante o inmediatamente antes del mes de Adar (las otras tres son Zajor, Pará y HaJodesh). La lectura de Shekalim también está relacionada con la próxima festividad de Purim. De acuerdo con el Talmud, el decreto de Haman fue evitado en mérito a la mitzvá de majatzit hashekel.

 

Leyes con “alma”

Por Eliezer Shemtov

La lectura bíblica de esta semana, Mishpatim abre con el versículo “Estas son las leyes que expondrás delante de ellos” y exponiendo una cantidad de leyes, la mayoría de las cuales son referentes al comportamiento entre el hombre y su semejante.

Nuestros sabios explican que la expresión “expondrás delante de ellos” no se refiere únicamente a la orden Divina hacia Moisés de enseñar las leyes al pueblo, sino que es una orden general: Los pleitos entre judíos hay que presentarlos ante “ellos”, ante una corte rabínica y no ante una corte civil (aun en el caso que ambos sistemas fallarían de igual manera en el caso en cuestión). ¿A qué se debe? No se trata de desconfianza o menosprecio hacia el sistema legal civil (fíjate que según la ley judía, Dina demaljuta dina, hay que respetar y acatar a la ley civil (siempre y cuando no contradiga las leyes de la Torá), sino de una apreciación en cuanto a la particularidad de la ley rabínica.

A diferencia de otros sistemas legales, el fundamento de la ley rabínica (Halajá) es la voluntad Divina. O sea, en un Din Torá, o juicio rabínico, a diferencia de la ley civil, se busca encontrar qué es lo que Di-s quiere al respecto. Si bien Di-s le dio al hombre las herramientas para interpretar y aplicar Su ley, no es una licencia para fallar como se le ocurre al juez, sino cómo le parece al juez que la ley Divina – según sus propias leyes de interpretación – opina en el caso. Suena algo pretencioso pretender saber qué es lo que Di-s quiere, pero el hecho es que cuando nos entregó la Torá en el Sinaí, nos entregó también las llaves para acceder a su interpretación correcta. Es por eso que no alcanza con que el Rabino sea inteligente; hace falta, antes que nada, que sea temeroso de Di-s y que sepa poner de lado sus opiniones personales en pos de lo que entiende correcto según el sistema de leyes de la Torá. Por ejemplo: el rabino no puede decidir un buen día correr el Shabat para domingo argumentando que es mucho más práctico. No tiene la potestad. Sí tiene la potestad de interpretar, según las reglas tradicionales, cuáles actividades están prohibidas a realizarse en Shabat y cuáles no.

Hay otro punto a tomar en cuenta: Cuando dos litigantes acuden a la corte civil, lo hacen para resolver un conflicto entre ellos. En cuanto a un Din Torá, empero, los litigantes se ponen al servicio de la voluntad Divina. Al haber un fallo halájico, los litigantes se transforman en un vehículo por medio del cual la voluntad de Di-s se expresa.

Un tercer aspecto es que además de ser instrumentos para resolver conflictos, la ley bíblica contiene “alma”, enseñanzas éticas aplicables más allá del caso particular.

Veamos unos ejemplos.

Según la Torá , si uno roba algo y lo agarran, el ladrón debe pagar el doble del valor como castigo. En el caso de que haya robado un toro o una oveja y lo faenó o lo vendió debe pagar cuatro o cinco veces el valor. En el caso del toro debe pagar cinco veces el valor y en el caso de la oveja debe pagar cuatro veces el valor. ¿A qué se debe esa diferencia entre la restitución por un toro o una oveja?

Encontramos una discusión en el Talmud al respecto. Rabí Iojanan ben Zakai opina que la razón por la que se paga menos por la oveja se debe a la vergüenza que el ladrón pasó al cargar la oveja cuando la robó, a diferencia del toro, que camina sin necesidad de levantarlo. Aprendemos de aquí cuánto la Torá valora la dignidad de las criaturas. Rabí Meir dice que vemos aquí el valor del trabajo. Por la oveja, que no trabaja, se paga menos que por el toro que trabaja y produce.

Hete aquí un ejemplo de una ley que contiene una enseñanza que va más allá de una simple consideración monetaria. Una ley con alma.

Otro ejemplo es el versículo que dice que si ves el burro de tu enemigo cayendo debajo de su carga… ayúdalo [a descargarlo]. ¿Por qué especifica el burro de tu enemigo?

Explican nuestros sabios que si hay dos burros en el camino cayendo debajo de sus respectivas cargas, el uno pertenece a tu amigo y el otro a tu enemigo, debes ayudar primero al de tu enemigo. La razón es que al ayudar al burro de tu enemigo estarás también subyugando a tu propio instinto. O sea, no lo hagas simplemente porque es el burro de tu amigo y te sirve, sino porque es un mandato Divino y es lo correcto.

He aquí un tercer ejemplo.

La Torá habla de cuatro prototipos de daños por los cuales uno es responsable: 1) El “toro”; 2) el “pozo”; 3) el “hombre”; 4) el “fuego”. El “Toro” representa el daño realizado por el animal de uno. El “Pozo” representa el daño hecho por un objeto o pozo que fue dejado en dominio público por el hombre. El “Hombre” representa todo el daño hecho directamente por el hombre. El “Fuego” representa el daño ocasionado por algo que pasó de mi territorio al territorio de otro, ocasionándole daño, como, por ejemplo, un fogón cuyas llamas salieron fuera de control.

En cada uno de los casos mencionados el hombre tiene una responsabilidad de restituir el daño ocasionado (según los detalles del caso). El Rebe, que su mérito nos proteja, explica que, además de su aplicación práctica, los cuatro prototipos representan también cuatro “excusas” que el hombre utiliza para justificar su comportamiento dañino. “Toro”: “Fui creado así”; la tendencia de seguir nuestros deseos, sin control; “Pozo”: caer en el “pozo” de la inamovilidad, que “no importo”, que “no puedo influir en el curso del mundo”; “Hombre”: creer que todo es permitido en pos de los logros del hombre; “Fuego”: “No pude controlarme”; no controlar el enojo y/u otras características dañinas en nuestra personalidad.

La refutación a dichas excusas: “Toro”: Los instintos animales sirven siempre y cuando estén canalizados por el hombre hacia un fin superior. “Pozo”: D-os nos creó para que mejoremos al mundo y nos dio las herramientas para poder lograrlo. “Fuego”: D-os nos dio fuerzas volátiles, pero está en nosotros controlarlos y canalizarlos para bien. “Hombre”: Las aspiraciones más elevadas del hombre no están exentas de la autoridad de la ley. Ponerlo al hombre en la cima de todo puede llevar a que sea perpetrador de las atrocidades más grandes. Esto, de hecho, es el motivo principal por el cuál usamos Kipá: recordar que hay una autoridad por encima de nuestro intelecto. Leyes con “alma”. (www.es.chabad.org)

 
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