De acuerdo las normas del Derecho internacional sobre conflictos navales, un Estado en situación de beligerancia puede imponer un bloqueo naval y crear una zona de exclusión marítima sobre las costas hostiles con motivos de seguridad y para impedir el contrabando de armamento a la zona de conflicto, incluyendo el derecho a impedir cualquier salida y acceso de navíos a sus puertos, indistintamente del tipo de carga que portasen las embarcaciones en cuestión. El bloqueo naval es reconocido por el ...
El Derecho Internacional contra las fechorías
Por el DR. EDUARDO KOHN, Director de B´nai B´rith América Latina.Semanariohebreojai.com































